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Derecho a la deducción

Puede aplicarse la deducción por la compra de un vehículo eléctrico nuevo, siempre y cuando esté destinado al uso particular.

¿Cuál es el porcentaje de deducción y en qué período impositivo se aplica?

Hay dos alternativas:

  • Si compras el vehículo a partir del 30/06/2023 y hasta el 31/12/2024, podrás deducirte el 15% del valor de adquisición. En este caso, deberás aplicar la deducción en el año en que matricules el vehículo.
  • Si haces entregas de cantidades a cuenta de la futura compra del vehículo que supongan, al menos, el 25% del valor de adquisición, a partir del 30/06/2023 y hasta el 31/12/2024, podrás aplicar la deducción por 15% del valor de compra. El abono de la cantidad restante y la compra del vehículo deberá realizarse antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquél en el que se hizo el pago de la cantidad. Vemos un ejemplo:
    • Si vas haciendo pagos a 2023 (desde el 30/6/2023) que supongan al menos el 25% del precio de adquisición del vehículo, tendrás hasta el 31/12/2025 para realizar el pago de la cantidad restante y comprarlo.
    • Si en 2024 vas haciendo pagos que supongan al menos el 25% del precio de adquisición de vehículo, tendrás hasta el 31/12/2026 para realizar el pago de la cantidad lavando y comprarlo.
    • Si haces pagos a 2023 (desde el 30/06/2023) y también lo haces a 2024 para llegar al 25% del precio de adquisición, tendrás hasta el 31/12/2026 para hacer el pago de la parte restante y comprarlo.

En este caso practicarás la deducción en el período impositivo en el que la cantidad a cuenta por la futura compra llegue al 25% del precio de adquisición.

¿Cuál es la base máxima de deducción?

La base de la deducción es el valor de compra del vehículo, incluidos los gastos y tributos inherentes a la compra, y no formarán parte las cantidades subvencionadas ni las que vayan a serlo vía algún programa de ayuda pública.

En cualquier caso, la base de deducción no podrá exceder de 20.000 euros.

¿Qué requisitos debe cumplir el vehículo?

  • No podrá estar cariño a una actividad económica
  • Deberá ser matriculado por primera vez y antes del 31/12/2024 en el caso de comprarlo, o antes de que termine el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de la cantidad a cuenta
  • El precio de venta del vehículo adquirido no podrá superar el importe máximo establecido, en su caso, para cada tipo de vehículo según el Anexo III del RD 266/2021.

Los vehículos tendrán que pertenecer a unas determinadas categorías, figurar en la Base de Vehículos del IDAE (http:/ /coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES) y cumplir una serie de requisitos.

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